En sus principios generales, la Ley 1448 de 2011 —Ley de Víctimas y
Restitución de Tierras— incorpora el principio de enfoque diferencial:
“El principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con
características particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y
situación de discapacidad. Por tal razón, las medidas de ayuda humanitaria,
atención asistencia y reparación integral que se establecen en la presente ley
contarán con dicho enfoque.
El Estado ofrecerá garantías y medidas especiales de protección a los grupos
expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3
de la presente ley, como mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores,
personas en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales,
miembros de organizaciones sindicales, defensores de derechos humanos y
víctimas de desplazamiento forzado.
Para el efecto, en la ejecución y adopción del gobierno nacional de políticas
de asistencia y reparación en desarrollo de la presente ley, deberán adoptarse
criterios diferenciales que respondan a las particularidades y grado de
vulnerabilidad de cada uno de estos grupos poblacionales.
Igualmente, el Estado realizará esfuerzos encaminados a que las medidas de
atención, asistencia y reparación contenidas en la presente ley contribuyan
a la eliminación de los esquemas de discriminación y marginación que
pudieron ser la causa de los hechos victimizantes5”.
En cuanto al enfoque étnico y con el objetivo de avanzar en la protección y
garantía de los derechos de los pueblos y comunidades étnicas en el marco
de la Ley 1448 de 2011, a través del articulo 205, se le otorgaron funciones
extraordinarias al presidente de la república para expedir por medio de
decretos con fuerza de ley la regulación de los derechos y garantías de las víctimas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, rom, negras,
afrocolombianas, raizales y palenqueras, que permitiera generar el marco
legal de la política pública de atención, reparación integral y de restitución
de tierras de las víctimas pertenecientes a estos pueblos y comunidades, de
conformidad con la Constitución nacional, los instrumentos internacionales
que hacen parte del bloque de constitucionalidad, las leyes, la jurisprudencia,
los principios internacionales a la verdad, la justicia, la reparación y las
garantías de no repetición.
El gobierno nacional consultó dichas normas a través de las autoridades y
organizaciones representativas de los pueblos indígenas bajo los parámetros
de la jurisprudencia constitucional, la ley y el derecho propio, con el fin de
dar cabal cumplimiento al derecho fundamental de la consulta previa.
Los decretos-ley que contienen el marco general de la política pública de
atención, reparación integral y restitución de tierras, así como los derechos a la
verdad, justicia, reparación integral y garantías de no repetición para pueblos
y comunidades étnicas, se encuentran contemplados en las siguientes normas:
• Decreto-ley 4633 de 2011, a través del cual se dictan medidas
de asistencia, atención, reparación integral y restitución de
derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y
comunidades indígenas.
Dichos decretos-ley tienen su sustento jurídico y legal en preceptos
constitucionales consagrados en los artículos 7, 8, 13 y 93, entre otros. En
general, el ordenamiento constitucional ha establecido que es obligación del
Estado y de todas las personas proteger las riquezas culturales de la nación
y ha previsto una protección especial para los pueblos indígenas existentes
en el país. Así mismo, reconoce como sustento legal las leyes y los decretos
nacionales, como la Ley 70 de 1993:
El Estado colombiano desarrolló el artículo 55 transitorio de la
Constitución Política, en el que reconoce la protección de la diversidad
étnica y cultural y el derecho a la igualdad de todas las culturas que
conforman la nacionalidad colombiana, el respeto a la integralidad y
la dignidad de la vida cultural de las comunidades negras.
• Decreto-ley 4634 de 2011, a través del cual se dictan medidas de
asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos
territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos rom o gitano.
• Decreto-ley 4635 de 2011, a través del cual se dictan medidas de
asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos
territoriales a las víctimas pertenecientes a comunidades negras,
afrocolombianas, raizales y palenqueras.
16
www.mininterior.gov.co
• El Decreto 2957 de 2010, que establece un marco normativo para la
protección integral del pueblo rom.
• La Ley 387 de 1997, “por la cual se adoptan medidas para la
prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección,
consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados
internos por la violencia en la República de Colombia”.
• La Ley 1448 de 2011, “por la cual se dictan medidas de atención,
asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado
interno y se dictan otras disposiciones”.
lunes, 23 de diciembre de 2019
El enfoque diferencial y étnico en la política pública de víctimas del conflicto armado
El enfoque diferencial es un desarrollo progresivo del principio de igualdad y no discriminación. Aunque todas las personas son iguales ante ley, esta afecta de manera diferente a cada una, de acuerdo con su condición de clase, género, grupo étnico, edad, salud física o mental y orientación sexual. Por lo anterior, para que la igualdad sea efectiva, el reconocimiento, el respeto, la protección, la garantía de derechos y el trato deben estar acordes con las particularidades propias de cada individuo. Las acciones adelantadas por el Estado para este fin deben atender la diferencia. En este sentido y atendiendo lo contemplado en la Constitución (artículo 13), el Estado debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas en favor de grupos que históricamente han sido discriminados, excluidos o marginados. El Estado debe proteger especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta, y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan. El presente documento pretende que la institucionalidad territorial no solo incorpore el enfoque diferencial y étnico en las herramientas de planeación de la política pública de víctimas, sino que haga de su práctica de garante de derechos una gestión inclusiva, no discriminatoria y reconocedora de la diversidad de la población víctima del conflicto en su región.
En un Estado social de derecho, toda persona es igual ante la ley. Por tanto,
la igualdad debe traducirse en el trato idéntico del Estado para todos y todas,
y en este sentido se reconocen derechos iguales para todas las personas.
Sin embargo, dado que solo se puede dar un trato igual entre iguales, se
justifica un trato diferente para quienes se encuentran en condiciones de
mayor vulnerabilidad, con el fin de lograr efectivamente la igualdad. Se
hace necesario entonces implementar acciones diferenciales acordes con las
necesidades, diferencias y desigualdades de las personas.
En este orden de ideas, el enfoque diferencial puede entenderse como el
conjunto de acciones que, al dar un trato diferenciado a algunos grupos
poblacionales, contribuye a reducir la brecha existente entre los diferentes
segmentos de la población y garantiza la superación de la exclusión social,
la marginalidad política, la desigualdad económica, la condición especial de
vulnerabilidad y el riesgo de estas poblaciones ante el conflicto armado, lo
que genera igualdad en el acceso a las oportunidades sociales.
Es responsabilidad de la sociedad en su conjunto contribuir al logro de un
Estado igualitario que reconozca, valore y proteja las diferencias como
grandes activos sociales. El enfoque diferencial hace énfasis en algunos
lineamientos particulares que deben adoptar las instituciones para guiar a los
funcionarios, que tengan en cuenta las particularidades e inequidades dentro
de ciertos grupos poblacionales con el propósito de brindar una adecuada
atención, protección y garantía a sus derechos.
El enfoque diferencial no solo debe permear las acciones y políticas públicas,
sino que debe ser parte del comportamiento de los funcionarios y constituirse
en una herramienta de análisis de la propia política.
En la Constitución colombiana, se reconoce la diversidad étnica y cultural
de la nación (artículo 7) con el respaldo de preceptos adicionales que le
dan amplitud y desarrollo a esta garantía, como lo señala la misma Corte
Constitucional en la Sentencia T-1105 de 2008:
Es de mencionar que el derecho reconocido se expresa a nivel colectivo1 e
individual, en consideración a la organización particular de las comunidades
y pueblos étnicos. Es así como el colectivo deviene como sujeto de derecho.
Así mismo, el artículo 13 de la Constitución reclama los derechos a la
igualdad y no discriminación, reconoce taxativamente el acceso igualitario a
los mismos derechos, libertades y oportunidades, pero así mismo acepta que
ciertos grupos o personas requieren medidas especiales para que esa igualdad
sea real y efectiva. Estos grupos o personas, a causa de sus necesidades y
particularidades propias, requieren mecanismos e instrumentos adicionales
que garanticen el ejercicio y la garantía de sus derechos, y es el Estado el
que debe proveerlos e incorporarlos dentro de su actuar institucional.
domingo, 22 de diciembre de 2019
POBLACIÓN VULNERABLE
Son agrupaciones o comunidades de personas que se encuentran en una situación de riesgo o desventaja. Por lo general se considera que el estado debe asistir a quienes padecen de vulnerabilidad.
Un grupo vulnerable puede estar formado por sujetos que, a causa de su situación económica, su condición física, su nivel educativo, su genero o su edad, necesitan un esfuerzo adicional para integrarse a la sociedad y desarrollarse, debido a sus características o condiciones, estos seres humanos pueden sufrir la violación de sus derechos.
Poblaciones étnicas
Loa grupos étnicos son una comunidad determinada por la existencia de ancestros y una historia en común. Se distingue y reconoce por tradiciones y rituales compartidos, instituciones sociales consolidadas y rasgos culturales como la lengua, la gastronomía, la música, la danza y la espiritualidad entre otros elementos.
Entre las poblaciones vulnerables tenemos esta, ya que ha sido una de las mas desprotegidas por la ley, sin embargo la constitución política reconoció patrimonio de la nación la diversidad étnica y cultural del país, expresada en 87 comunidades indígenas.
Población con discapacidad

Durante el 2017 el ministerio de cultura continuo la agenda por la inclusión de personas con discapacidad con el propósito de promover espacios de dialogo cultural orientados a comprender como los procesos de inclusión de los grupos poblacionales contribuyen al fortalecimiento del conocimiento del conocimiento social, la promoción de la cultura como entorno protector y la construcción de paz y convivencia.
Dentro del plan nacional de desarrollo existen diversos pactos, tales como la equidad por el emprendimiento y la productividad por la legalidad, por seguridad y orden para la libertad. Por la inclusión de todas las personas con discapacidad, entre otros.
Factores de vulnerabilidad
- Educación
- Discapacidad
- cultural
- Ambiental y del entorno
Bibliografía
Minsalud.
(22 de Diciembre de 2019). La salud para todos, Minsalud. Obtenido de
https://www.minsalud.gov.co/salud/publica/poblaciones-vulnerables/Paginas/poblaciones-vulnerables.aspx
RanKia. (22 de Diciembre de 2019). RanKia . Obtenido
de
https://www.rankia.co/blog/mejores-opiniones-colombia/4131766-plan-nacional-desarrollo-inclusion-para-poblacion-discapacidad
sábado, 21 de diciembre de 2019
LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A POBLACIONES VULNERABLES
Uno de los desafíos en materia de atención educativa es que el Estado garantice el acceso al servicio educativo, así como la permanencia en él, sin distinciones de raza, género, ideología, religión o condición socioeconómica.
Tres ejes de política educativa:
1 Mayores oportunidades para el acceso a la educación (cobertura)
2 Permanencia en condiciones de calidad
3 Puesta en marcha de las herramientas y procedimientos que aseguren la calidad
POBLACIÓN VULNERABLE
Personas que, por su naturaleza o por determinadas circunstancias, se encuentran en mayor medida expuestas a la exclusión, la pobreza y los efectos de la inequidad y la violencia de todo orden Aquellas que, por sus diferencias socioculturales, económicas y biológicas, han permanecido excluidas del sistema educativo
VULNERABILIDAD
La vulnerabilidad es una situación producto de la desigualdad que, por diversos factores históricos, económicos, culturales, políticos y biológicos se presenta en grupos de población, impidiéndoles aprovechar las riquezas del desarrollo humano y, en este caso, las posibilidades de acceder al servicio educativo .
FACTORES DE VULNERABILIDAD
· Institucionales
· Ambientales y del entorno
· Salud
· Culturales
· Educativas
· Corresponsabilidad
· Participación
· Reconocimiento
· Multiculturalidad
· Equidad
POBLACIONES VULNERABLES
Se reconoce a las siguientes poblaciones como vulnerables;
1: POBLACIONES ÉTNICAS
La Constitución Política reconoció como patrimonio de la Nación la diversidad étnica y cultural del país que se expresa en la existencia de más de 83 pueblos indígenas, la presencia de comunidades afrocolombianas, etc. Etnoeducación
2: POBLACIÓN CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Se identifican en esta categoría a poblaciones con necesidades educativas especiales las personas que presentan discapacidad o limitaciones y aquellas que poseen capacidades o talentos excepcionales.
Necesidades educativas especiales:
Aquellos estudiantes que presentan dificultades mayores que el resto para acceder a los aprendizajes que les corresponden por edad o que presentan desfases con relación al currículo por diversas causas por los cuales pueden requerir, para progresar en su aprendizaje, de medios de acceso al currículo adaptaciones curriculares, servicios de apoyos especiales, adecuaciones en el contexto educativo o en la organización del aula.
3: POBLACIÓN AFECTADA POR LA VIOLENCIA
Se identifican como poblaciones afectada por la violencia, la población en situación de desplazamiento, los menores desvinculados de los grupos armados al margen de la ley e hijos en edad escolar de adultos desmovilizados.
Desplazados
niños y niñas desvinculados de grupos armados al margen de la ley
Los hijos de los desmovilizados menores de 18 años
4: MENORES EN RIESGO SOCIAL
Menores en riesgo social las niñas trabajadores, los adolescentes en conflicto con la ley penal y las niñas en protección
4. A: Niños, niñas y jóvenes trabajadores
Se entiende por menores trabajadores a los niñas y jóvenes que realizan actividades físicas o mentales, remuneradas o no, dedicadas a la producción, comercialización o transformación, venta o distribución de bienes o servicios, realizada en forma independiente o al servicio de otra persona natural o jurídica.
4. B: adolecentes en conflicto con la ley penal
Se consideran jones en conflicto con la lay penal a los adolescentes de ambos sexos mayores de 12 años y menores de 18 años que ha sido autores o participes de una infracción a la ley penal y puestos a disposición de la autoridad competente (juez de menores o promiscuo de familia ).
4. C: Niños, niñas y adolescentes en protección El concepto de niñas y adolescentes en protección se refiere a aquellos que se encuentran en situación de abandono o amenaza grave contra su vida y su integridad y que requieren el cuidado y la protección necesarios que garantice el ejercicio de sus derechos.
5: JÓVENES Y ADULTOS ILETRADOS
Se consideran sujetos de atención educativa las personas adultas o jóvenes mayores de 13 años, residentes en zonas rurales o urbanas que nunca accedieron al servicio público educativo formal escolarizado o en su defecto desertaron prematuramente del mismo, no logrando culminar el grado 2° o 3° grado de educación básica primaria, convirtiéndose en analfabetos absolutos o analfabetos funcionales
Analfabetos funcionales:
Personas que recibieron las primeras nociones o cursado algún grado de escolaridad y que presenta deficiencias para comprender y aplicar lo aprendido
Analfabetos absolutos:
Personas que no tienen ningún dominio sobre la lectura o la escritura, etc.
6: HABITANTES DE FRONTERA
Quienes habitan las franjas de frontera constituyen una franja población diversa con una particularidad que influye directamente en las nociones de identidad: la constante movilidad fronteriza con el país vecino.
7: POBLACIÓN RURAL DISPERSA
Se entiende que el 30% de la población en edad escolar colombiana son niñ@s y jóvenes que habitan las zonas rurales y de difícil acceso.
MODELOS EDUCATIVOS
· Aceleración del aprendizaje
· Escuela Nueva
· Pos primaria
· Telesecundaria
· Servicio de Educación Rural – SER
· Programa de Educación Continuada – CAFAM
· Sistema de Aprendizaje Tutorial – SAT
viernes, 20 de diciembre de 2019
LA POLÍTICA DE DIVERSIDAD CULTURAL Y LOS PUEBLOS INDÍGENAS
La política pública de diversidad cultural en lo que se refiere a los pueblos indígenas es indicativa. No sobra advertir que las acciones que se desprenden de la misma deben ser concertadas con los pueblos indígenas y sus comunidades dentro de un espíritu de colaboración y diálogo culturalmente, es decir, a partir de la aceptación de otras visiones y otras perspectivas sobre la cultura. Esta política señala los intereses por velar por el reconocimiento y respeto de las culturas indígenas y poder contribuir con las comunidades a garantizar el pleno ejercicio de sus derechos culturales.
El objetivo principal de esta política pública se centra en contribuir con los pueblos y comunidades indígenas para el fortalecimiento en el ejercicio de sus derechos culturales, buscando así que se de reconocimiento de las manifestaciones y valores culturales de los pueblos indígenas y sus valiosos aportes a la construcción de la nación
POLÍTICA PUBLICA DE DIVERSIDAD CULTURAL Y LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES AFRODESENDIENTES
La población afro descendiente está ligada a la vida y la historia de la nación colombiana desde su conformación. Tiene presencia en todo el territorio nacional pero se concentra en los litorales Caribe y Pacífico y en ciudades como Cali y Cartagena. Es vital enfatizar que la presencia de la comunidad afro descendiente en regiones como los Llanos Orientales, la Orinoquia, la Amazonia o el Eje Cafetero es notable, por tanto es importante desmitificar la idea de que la presencia afrocolombiana se reduce sólo a unas regiones del país.
Esta política busca l busca orientar la acción pública con el fin de garantizar y fortalecer el ejercicio de los derechos culturales de los afrodescendientes, y elevar así la capacidad de gestión de las comunidades locales y sus consejos para la gestión y salvaguardia integral de su patrimonio cultural. Basándose fundamentalmente en el respeto y la autonomía de las comunidades afrodescencientes y por medio de lineamientos El Estado debe garantizar a estas comunidades y personas el ejercicio de su derecho cultural y contribuir con las mismas en el fortalecimiento de estos derechos
POLÍTICA DE DIVERSIDAD CULTURAL
Comencemos por definir que es diversidad cultural:
Diversidad cultural es la variedad de diferentes culturas dentro de un grupo de personas o una sociedad. Este tipo de diversidad se refleja, por ejemplo, en la existencia de diversos grupos étnicos en una determinada área o región
Esta diversidad cultural se encuentra presente en las situaciones en que distintas expresiones culturales propias de herencias y tradiciones distintas pueden convivir armónicamente, cada una realizando un aporte distinto
Colombia es un país reconocido por su compleja y rica diversidad cultural que se expresa en una gran pluralidad de identidades y de expresiones culturales de los pueblos y comunidades que forman la nación. Como lo plantea la Unesco, la diversidad cultural es una característica esencial de la humanidad, patrimonio común que debe valorarse y preservarse en provecho de todos.
Colombia es fascinante, no sólo por sus paisajes y su riqueza arquitectónica, lo es también por su gente, de la que se dice son los más amables de toda Sudamérica. Este país tiene el privilegio de estar ubicada en la puerta de entrada de América del Sur, lo que implica que ha sido receptora de muchas etnias y pueblos, tanto originales de América, como de colonos y africanos.
La vitalidad de la cultura colombiana radica precisamente en su diversidad, el patrimonio más valioso de la nación. Colombianos, raizales, palanqueros, rom o gitanos, pueblos indígenas, comunidades campesinas, mestizos, y comunidades originadas en migraciones externas enriquecen el mosaico cultural del país
De acuerdo a los estudios realizados en el territorio nacional viven en el territorio Nacional 84 pueblos indígenas distribuidos en 704 territorios colectivos conocidos como resguardos; existe una población afro descendiente con una participación superior al 10% de la población nacional y hay más de 150 territorios colectivos de comunidades negras tradicionales en la región del Pacífico; igualmente coexisten comunidades rom o gitanas, más de 60 lenguas nativas e innumerables comunidades locales de población campesina. Los anteriores son sólo algunos referentes básicos de una nación pluriétnica que se construye en la diversidad.
CONTEXTO GENERAL
En esta diversidad étnica y cultural fue reconocida en la Constitución Política de Colombia. Este reconocimiento se ha traducido en normas y políticas y en numerosas acciones institucionales, pero estos esfuerzos son todavía insuficientes para crear una cultura de reconocimiento y respeto por la diferencia, y de diálogo y ejercicio de la interculturalidad en la solución de los problemas que conciernen o afectan a los grupos culturalmente diferenciados.
PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA PUBLICA DE DIVERSIDAD CULTURAL
Se basa en los principios constitucionales que establecen como uno de los fundamentos de la nación su diversidad cultural
Así mismo el Estado está en la obligación de Reconocer, promover y fomentar la cultura en todas sus manifestaciones y dar la garantía constitucional a la libertad de conciencia y de expresión.
El objetivo central de la diversidad cultural es proteger y promover el reconocimiento de los distintos grupos poblacionales y el fortalecimiento de su gestión cultural salvaguardando la diversidad de sus expresiones culturales
La política pública de diversidad cultural hace especial énfasis en grupos poblaciones específicos
-las comunidades pertenecientes a los pueblos indígenas., las poblaciones afrocolombianas, palanqueras y raizales, el pueblo gitano o rom, y los grupos en situación de vulnerabilidad social mente diferenciados especialmente las mujeres cabezas de hogar, los jóvenes y la primera infancia.
OBJETIVOS GENERALES DE LA POLÍTICA PUBLICA DE DIVERSIDAD
-Creación y respeto de condiciones para el desarrollo y fomento de una cultura ciudadana de reconocimiento y respeto por las diferencias Culturales
Fortalecer y garantizar a la sociedad el conjunto de derechos culturales, colectivos e individuales.
Prevenir la discriminación y la exclusión social, pues es necesario evitar el uso de estereotipos que vulneren la imagen, valores y cultura de los pueblos, comunidades y población social y culturalmente diferenciada.
Adoptar medidas que contribuyan a la salvaguardia, de manera integral, de la diversidad de expresiones culturales de los grupos étnicos y comunidades locales, especialmente en situaciones en las que las expresiones culturales estén bajo amenaza y puedan correr peligro de extinción o de grave menoscabo
Acciones generales
Información e investigación: Fomentar la ampliación del conocimiento sobre los contextos y procesos sociales y culturales de los distintos grupos de población, haciendo énfasis en los derechos culturales y la interacción entre la cultura y el desarrollo
Generación de conocimiento y respeto por la pluralidad de las identidades y la salvaguardia y fomento de las lenguas indígenas y criollas de los grupos étnicos. •
A partir de estas consideraciones generales, la política pública de diversidad espera contribuir al desarrollo de una nación más influyente, con una ciudadanía democrática que participa en la vida social con un fuerte sentido de identidad y pertenencia con su comunidad, con su localidad y con el conjunto de la nación. Es decir, una ciudadanía respetuosa de las diferencias culturales, consciente y orgullosa de la diversidad de su país y de la riqueza de su patrimonio cultural.
miércoles, 18 de diciembre de 2019
POLITICAS PÚBLICAS PARA LA DIVERSIDAD E INCLUSION DIVERSIDAD SEXUAL.
Esta política pública debe
ser orientada, planificada y ejecutada por la alcaldía de cada municipio de
nuestro territorio colombiano, cuyo objetivo fundamental debe ser garantizar el
ejercicio pleno de los derechos de las personas de los sectores LGBT como
parte de producción, gestión social y bienestar colectivo de las ciudades, proponer
ajustes a la normatividad, coordinar la inclusión de los enfoques y
perspectivas de género y plantearse objetivos propios como:
a.
Garantizar la restitución de los
derechos mediante proyectos de desarrollo institucional.
b.
Intervenir en organizaciones para que
esta población tenga una efectiva representación de sus intereses como
colectivo.
c.
Generar cultura ciudadana con el
objetivo de reconocer, garantizar y que haya restitución del derecho a llevar
una vida sin violencia ni discriminación por género y orientación sexual.
d.
Formular, implementar, hacer el
seguimiento y evaluar la política pública sobre diversidad sexual.
https://binged.it/2rZfegN
Los momentos top 2010 para la diversidad. Blogspot.com
Son principios
que orientan esta política pública: la diversidad, autonomía, equidad,
solidaridad, identidad, participación y justicia social.
Por otra parte la dirección
de diversidad sexual en los municipios asumirá funciones encaminadas a promover
y ejecutar planes, programas y proyectos que contribuyan al reconocimiento de
los derechos de la diversidad sexual desde el enfoque diferencial, fortalecer y
apoyar a los grupos organizados, generar procesos de formación, capacitación y difusión
sobre estos derechos y coordinar el estudio de las condiciones de personas
lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales de los municipios.
https://binged.it/2S5wbAM
Exigen respeto a la diversidad sexual. Tribuna Campeche.com
Un ejemplo claro de
esta política de diversidad sexual la tomamos de la fundación SERES (Fundación
sociedad y empresa responsables) de España, cuyo objetivo es impulsar
actuaciones sociales de las empresas y transformar la realidad empresarial. En
junio del 2015 se creó REDI (http://www.redi-LGBTi.org/), la primera red en
materia de diversidad e inclusión de los empleados LGBT cuya misión es mejorar
la inclusión del colectivo LGTBI en el contexto empresarial para fortalecer la integración
adecuada de todos los empleados y la eliminación de los prejuicios sociales que
conllevan al deterioro de las empresas.
https://binged.it/2s1NI23 Diversidad
sexual, Laura en Guatemala. Wordpress.com
La diversidad por
orientación sexual o género, la diversidad LGBTI, están dentro de la categoría
de diversidad invisible y puede pasar desapercibida, por eso en muchas
ocasiones este tipo de diversidad no recibe la atención necesaria ni desde las
instituciones ni desde las empresas.
La misión de la Fundación SERES, exige una verdadera actitud de observación
crítica, para detectar la discriminación y poner los medios para erradicarla, pues
considera la diversidad como una verdadera ventaja competitiva para la empresa.
Un equipo diverso es un equipo más creativo e innovador, más productivo, con
mayor orgullo de pertenencia y más comprometido con el proyecto empresarial.
Además, una sociedad en la que existe una verdadera integración es un contexto
más sano en el que operar.
https://binged.it/2S9AfQv Homofobia. Look
for diagnosis.com
Tomado de “Buenas Prácticas en diversidad”, Fundación
SERES, Madrid. 2013. pp 3-6 www.fundacionseres.org y – “Secretaría Distrital de
Planeación. (2015). Política Pública: Garantía de Derechos LGBTI. Bogotá:
Secretaría Distrital de Planeación”.
Amalia Pepinosa
Estudiante II semestre Psicología
Corporación Universitaria Iberoamericana.
Diciembre 2019
Estudiante II semestre Psicología
Corporación Universitaria Iberoamericana.
Diciembre 2019
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